miércoles, 8 de diciembre de 2010

Mala praxis.

(Fuente: diariojudicial.com) Mala praxis
Confundió pulmonía con crisis nerviosa y la paciente murió. La Justicia de Formosa condenó a una médica a dos años de prisión y a indemnizar con 300 mil pesos a la familia de una paciente a la que le diagnosticó erróneamente. Quedó también inhabilitada por cinco años para ejercer la medicina. La Cámara Segunda en lo Criminal de Formosa, integrada por Ricardo Rojas, María de los Ángeles Nicora Olazar y Alicia Alvarenga –subrogante-, condenó a una médica a dos años de prisión y 5 de inhabilitación para ejercer la medicina, por negligencia en el diagnostico de una paciente que murió. Junto con la profesional se condenó también a la clínica a indemnizar a los familiares de la víctima con 300 mil pesos. En la causa “BGEB s/ Homicidio Culposo” los hechos se sucedieron en diciembre del año 2000 cuando la víctima, de 18 años, se presentó en la guardia de la clínica donde la doctora que la atendió le diagnosticó “una anemia probablemente crónica que se solucionaría con vitaminas” y le prescribió un psicofármaco presuponiendo que “se trataba de un estado de stress porque se quedó con materias pendientes en el colegio, y la envió a su domicilio, sin haberla auscultado, tomado la presión ni haber dispuesto estudios complementarios respecto de la paciente”. Luego, la paciente volvió a la clínica mucho peor que antes y falleció víctima de un cuadro de bronconeumonía infecciosa. A raíz de lo ocurrido se inició la causa por negligencia en el diagnostico contra la profesional que la atendió. Los camaristas consideraron probada la “conducta omisiva” que cuando atendió a la joven, la profesional al limitarse a interrogarla, y “palpar la zona del pecho, sin auscultarla, y interpretar ligeramente el análisis de laboratorio, omitiendo la realización de placas radiográficas y nuevos estudios que permitieran determinar adecuada y temporariamente el cuadro que presentaba la joven y prescripción de un equivocado tratamiento, (medicación incorrecta, tratamiento ambulatorio, etc.) que tuvo como consecuencia el desenlace fatal constituye la mala praxis”. Cabe recordar que la víctima concurrido en tres ocasiones a la clínica. La primera el 24 de diciembre y luego 4 días después, cuando fue atendida en el mismo día en dos ocasiones. La segunda, de las tres veces en que fue atendida, la médica imputada al atenderla “miró el análisis y dijo que se trataba de una falsa alarma” recetándole vitaminas y un tranquilizante, cuando en realidad la joven estaba padeciendo una severa infección respiratoria y sólo le funcionaba la cuarta parte de un solo pulmón. “Su obrar negligente fue el que impidió que la joven… recibiera los tratamientos y cuidados que hubieran posibilitado la sobrevida”, concluyeron los jueces y condenaron a 2 años de prisión a la médica, y el resarcimiento de 300 mil pesos, junto con la clínica, como indemnización. BGEB s/ Homicidio Culposo

No hay comentarios: